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¿Qué hacer ante un siniestro?

AUTO

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Desde el lugar de los hechos llamar al número de Asistencia Vial

Completar el Formato Único y Definitivo de Tránsito. Si ninguna de las partes se hace responsable o si hay heridos se debe esperar al tránsito.

Tomar fotografías de los autos involucrados y el área del accidente.

Reunir toda la información sobre los hechos y las personas involucradas en el accidente.

Notificar a su corredor de seguros

Presentarse a los talleres autorizados en un período no mayor de ocho (8) días calendario, subsiguientes a la fecha del siniestro.

En caso de Robo o Hurto del automóvil denuncie inmediatamente el hecho a las Autoridades competentes, quienes le solicitarán presentar el registro vehicular.

Si usted o alguien en su auto sufre lesiones, solicite al tránsito una boleta para medicina legal y guarde todas las facturas en original.

Presentar Formulario de reclamo firmado por el asegurado (según la compañía de seguros).

INCENDIO

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Tomar todas aquellas medidas necesarias y oportunas para evitar que sobrevengan pérdidas mayores. Si para ello es necesario efectuar alguna reparación antes de la intervención del ajustador, deje constancia de la misma.

Notifique el hecho cuanto antes a las autoridades.

Salvar y conservar los bienes asegurados, dañados o no.

Notifique el reclamo a la mayor brevedad posible a su corredor o a la aseguradora, quienes dependiendo del caso enviarán a un ajustador

Suministre dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha del siniestro o dentro de cualquier otro plazo mayor que la compañía le hubiere concedido, la siguiente información:

  • Aviso mediante nota o correo electrónico.
  • Relación detallada de pérdida y/o gastos involucrados.
  • Original del informe de bomberos, cuando éstos hayan intervenido.Original de facturas y/o presupuesto de reposición.
  • Original de facturas y/o presupuesto de reposición.
  • Fotografías de los daños.

Conserve las partes dañadas para que sean inspeccionadas por la aseguradora.

ROBO

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Tomar todas aquellas medidas necesarias y oportunas para evitar que sobrevengan pérdidas mayores. Si para ello es necesario efectuar alguna reparación antes de la intervención del ajustador, deje constancia de la misma.

Denuncie inmediatamente el robo o atraco a las Autoridades competentes, quienes le solicitarán una relación de las pérdidas sufridas.

Notifique el reclamo a la mayor brevedad posible a su corredor o a la aseguradora, quienes dependiendo del caso enviarán a un ajustador

Suministre dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha del siniestro o dentro de cualquier otro plazo mayor que la compañía le hubiere concedido, la siguiente información:

  • Aviso mediante nota o correo electrónico.
  • Original de la denuncia ante las autoridades competentes.
  • Relación detallada de pérdidas y/o gastos de reparación por daños al inmueble.
  • Original de facturas o cotizaciones del valor de los bienes sustraídos.Fotografías de los daños.
  • Fotografías de los daños.
  • Conserve las partes dañadas para que sean inspeccionadas por la aseguradora.
  • En el caso de Robo o Asalto de Dinero en el domicilio (residencia o comercio), elementos contables que puedan probar la existencia de ese dinero.

OTROS RIESGOS

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Al tener conocimiento de un siniestro que pueda causar daños o pérdida de los bienes asegurados, el Asegurado tendrá la obligación de hacer todo lo que le sea posible tendiente a evitar o disminuir el daño, y de notificarlo inmediatamente a la Compañía.

Dentro de los treinta (30) días calendario subsiguientes a la fecha del siniestro, el Asegurado deberá presentar a la Compañía los siguientes documentos:

  • Informe sobre el siniestro, indicando el lugar, fecha y hora aproximada en que ocurrió, la causa probable del siniestro y las circunstancias en las que se produjo;una relación detallada de cualesquiera otros seguros que amparen cualquier parte de los bienes asegurados;
  • Relación detallada de cualesquiera otros seguros que amparen cualquier parte de los bienes asegurados;
  • Inventario detallado y exacto de los bienes destruidos o averiados y el importe de la pérdida en cada caso, sin incluir ganancia alguna;